Rectificación de Partidas en Perú
- Corresponde el trámite de rectificación de partidas para corregir errores u omisiones que puedan ser sustentados con partidas de nacimiento u otros medios probatorios, previa calificación.
- En ningún caso se podrá seguir el trámite notarial para cambiar el nombre de la persona o sus apellidos, el sexo u otra información contenida en la partida que no surja de un error evidente.
- Solo corresponde realizar el trámite de rectificación de partidas emitidas en el Perú.
- En caso de partidas expedidas en el interior del país, deben contar con la certificación de RENIEC.
- Presentar una Minuta dirigida al Notario, con firma y huella del titular de la partida a rectificar, autorizada por abogado colegiado, anexando los siguientes documentos:
- Presentada la solicitud, el Notario realizará 02 publicaciones, una en el Diario Oficial El Peruano y otra en un diario de mayor circulación, con un extracto de la solicitud.
- Transcurridos 10 días útiles desde la fecha de la última publicación y de no mediar oposición de terceros, se elevará a escritura pública la solicitud, la cual será firmada por el solicitante.
- Se expide un parte notarial dirigido a RENIEC o Municipalidad donde se encuentre registrada la partida, la cual deberá ser recogido y se procede con la gestión respectiva.
- HONORARIOS PROFESIONALES: S/ 700
- DERECHOS NOTARIALES aproximadamente: S/ 708.00 (incluye IGV)
- DOS PUBLICACIONES aproximadamente: S/ 150.00
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